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ANEF informa de reunión con División de Control de Gestión de la DIPRES ante crisis sanitaria e impacto en el desarrollo del cumplimiento de las metas asociadas a incentivos de desempeño (PMG, MEI Y CDC)

  Publicado el 10 de Julio, 2020

Con fecha 3 julio 2020, una delegación del Directorio Nacional de ANEF, encabezada por el presidente nacional compañero José Pérez Debelli y acompañado por la Vicepresidenta de Modernización del Estado, compañera Claudia Hasbún, la secretaria General, compañera Ana María Gutiérrez, más el Vicepresidente de Comunicaciones y Difusión compañero Hemulth Griott, sostuvieron una reunión con la División de Control de Gestión de la Dirección de Presupuesto-DIPRES, liderada por Slaven Razmilic y acompañado por las profesionales del área, Luna Israel y Jacqueline Duncan, para abordar temas de cumplimiento de metas asociados a incentivos de desempeño (PMG, MEI Y CDC).

En dicha reunión DIPRES informó resumen estadístico de los resultados de la evaluación de los PMGs desde el año 2015 a la fecha, haciendo énfasis en el informe de resultados 2019.

Como ANEF, recordamos el proceso desarrollado en enero del presente año en relación al acompañamiento a los Servicios que presentaron inconvenientes en el cumplimiento de sus metas de gestión, en nuestro rol de defensa de los derechos de las y los funcionarios públicos.

En ese contexto le informamos a DIPRES que, tanto en la reunión del día 16 marzo 2020, como en las reuniones posteriores con el Ministro de Hacienda (22 abril y 19 junio 2020), solicitamos a la referida autoridad la aplicación de la “causa externa” en el proceso del cumplimiento de metas de gestión del presente año, dado el contexto de la crisis sanitaria que vive nuestro país, que ha significado la declaración de estado de excepción constitucional de Catástrofe, además, la declaración de Cuarentena en varias comunas de nuestro país.

Esta situación, altera el acuerdo marco de Noviembre 2019, en relación al cumplimiento de las metas asociadas a incentivos de desempeño (PMG, MEI Y CDC), por lo que debe ser considerada en este proceso de evaluación de cumplimiento de compromisos.

De la reunión sostenida, destacamos positivamente la voluntad manifestada por el Jefe de la división de control de gestión de la DIPRES y su equipo, de seguir monitoreando el comportamiento de cada uno de los indicadores en todos los servicios, teniendo en consideración las situaciones que han podido afectar el cumplimiento de los compromisos asociados al desempeño.

Ante esto, como Directorio Nacional de ANEF, solicitamos que las Asociaciones de funcionarios/as desarrollen la revisión y evaluación conjuntamente con los equipos de Control de Gestión y Autoridades de sus Servicios, del nivel de cumplimiento de sus indicadores de desempeño En caso de proceder se comunique a este directorio la causa externa que limitaría el nivel de cumplimiento a la DIPRES.

Entre los indicadores que deben ser revisados con mayor profundidad se encuentran los siguientes:

a) Cobertura: Aquellos indicadores que tienen metas de cobertura diaria, semanal o mensual; o que registran metas exigentes de cobertura anual; y en general todos los indicadores que se relacionen con cobertura de usuarios, atenciones y/o prestaciones. En tanto que las restricciones de desplazamiento de funcionarias y funcionarios, además del desistimiento de los usuarios de realizar trámites o requerir servicios pueden afectar la capacidad de atención y cobertura.

b) Satisfacción y calidad de atención: Aquellos indicadores referidos a la calidad de servicio, pues el cierre y funcionamiento parcial de los servicios públicos podría impactar en la satisfacción de usuarios.

c) Tiempos de respuesta, tramitación o disponibilidad: Aquellos indicadores relacionados con tiempo de respuesta ante trámites y solicitudes, además aquellos que miden tiempo de tramitación de documentos o servicios, también se debe revisar la situación de los indicadores que miden disponibilidad de sistemas o continuidad operacional, por ejemplo, relacionados con incidentes de Seguridad de Información. d) Relacionados con personal: Atender y revisar indicadores relacionados con ausentismo y accidentes de trabajo o trayecto; monitorear si se han producido suspensiones de capacitaciones consignadas en los planes anuales de capacitación u otras actividades consignadas en los planes de equidad de género.

e) Gestión Financiera: Aquellos indicadores relacionados con ejecución financiera de subtítulos específicos, además de aquellos procesos de licitación que pudieran haber tenido retrasos.

Es importante señalar que las disposiciones relativas a las causas externas para el Programa de Mejoramiento de la Gestión del año 2020 se encuentran consignadas en el artículo N° 17 del decreto N°286 del 14 de octubre del 2019 del Ministerio de Hacienda que indica lo siguiente:

“Causa Externa”.

EL análisis de causa externa que invoque un Servicio para justificar el incumplimiento de un objetivo de gestión se realizará en función del mérito de cada caso, debiendo estar fundamentado el efecto que el factor externo tiene en dicho cumplimiento, Asimismo, deberá cuantificar la incidencia del factor externo, o efectuar una aproximación si aquello no fuere factible.

Sólo se considerará en el análisis del incumplimiento de un objetivo de gestión la existencia de causas externas calificadas y no previstas que limiten seriamente el logro de los objetivos de gestión, tales como hechos fortuitos comprobables, catástrofes y cambios en la legislación, como también las reducciones presupuestarias externas al Ministerio del cual depende o con el cual se relaciona siempre que afectaren ítems relevantes para el cumplimiento del Programa de Gestión.”

Por su parte, la definición de las causas externas para los Convenios de Desempeño Colectivos queda establecida en el Artículo 20° del Decreto 983 del 30 de octubre del 2003 del Ministerio de Hacienda con el siguiente texto:

Artículo 20.- Una vez fijadas las metas de gestión, excepcionalmente éstas podrán ser revisadas o redefinidas mediante una resolución fundada del jefe superior de servicio, autorizada por el ministro con quien se hubiere suscrito el convenio, en el caso que durante el período de ejecución del mismo se presenten causas externas, de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas y no previstas, que limiten seriamente su logro o bien se produzcan reducciones forzosas en el presupuesto dispuestas por la autoridad financiera, destinadas a financiar ítem relevantes para su cumplimiento.

La calificación de las causas y posterior revisión de las metas, será realizada por el ministro del ramo, previa solicitud del jefe superior de servicio, la que deberá efectuarse dentro de los cinco días siguientes a aquel en que este último tomó conocimiento del hecho.

De este modo se sugiere revisar el conjunto de indicadores asociados a incentivo, tanto el Programa de Mejoramiento de la Gestión o Metas de Eficiencia Institucional; y el Convenio de Desempeño Colectivo.

En este sentido es muy importante ir recogiendo los antecedentes que permitan demostrar el impacto de la “causa externa” para el alcance de los compromisos adquiridos por la institución de manera tal que aseguremos la solides de los argumentos de ser necesario invocar la causa externa no prevista, la cual solicitamos informar a nuestra Confederación ANEF.

DIRECTORIO NACIONAL ANEF

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