La Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio Público, ANFUMIP, obtuvo un fallo judicial definitivo a su favor luego de que la Dirección del Trabajo rechazara la inscripción del Directorio Regional Metropolitano Oriente de la organización, en una resolución que la Asociación calificó como un precedente relevante para la defensa de la autonomía y los derechos sindicales.
La desavenencia surgió tras las últimas elecciones internas de ANFUMIP, cuando la Inspección del Trabajo de Santiago observó el registro de dirigentes argumentando que en la Región Metropolitana sólo podía existir un directorio regional. La Asociación defendió que su estructura responde a la división territorial del propio Ministerio Público, que en Santiago cuenta con fiscalías regionales Oriente, Occidente, Centro Norte y Sur.
Ante ello, ANFUMIP recurrió al Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, acusando que la medida afectaba la autonomía y libertad sindical de la organización. El tribunal acogió íntegramente el reclamo, ordenó dejar sin efecto las observaciones de la Dirección del Trabajo e instruyó el registro oficial del Directorio Metropolitano Oriente de la Asociación.
En su resolución, el Juzgado estableció que la ley no prohíbe expresamente la existencia de más de un directorio en una misma región y recordó que durante años la propia Dirección del Trabajo había aceptado la inscripción de directorios regionales de ANFUMIP bajo esa misma estructura.
Posteriormente, la Dirección del Trabajo presentó un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones, que lo rechazó y confirmó el fallo. Finalmente, el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo certificó que la sentencia quedó ejecutada.
El presidente de ANFUMIP, Freddy González, afirmó que el caso “no fue simplemente una observación administrativa menor o una diferencia técnica respecto de un trámite”, sino una disputa relacionada con “el derecho legítimo de nuestra asociación a registrar a sus dirigentes regionales, elegidos democráticamente”.
Asimismo, González sostuvo que el fallo constituye “un precedente y una jurisprudencia relevante” para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios cuyos procesos de inscripción hayan sido observados mediante “interpretaciones administrativas restrictivas”.
“Este es un triunfo de la organización, de la convicción y de la defensa jurídica seria, responsable y firme de los derechos sindicales y asociativos”, concluyó el presidente de ANFUMIP.
Revisa los documentos judiciales a continuación: