En el marco de los 100 años del nacimiento de la OIT, y tras dos años de intenso debate entre trabajadores, empleadores y Estados, la Comisión Normativa de dicha organización internacional acaba de aprobar la adopción del Convenio 190 sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo.
El mismo deberá ser sometido a votación el viernes 21 de junio por la 108 reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, para adoptarlo finalmente como convenio internacional.
“La violencia en el mundo ha aumentado vertiginosamente, y somos las mujeres las más afectadas por esto. Violencia en la casa, violencia en la calle, violencia en el trabajo. Y sobre todo un tipo de violencia que no se ve pero que hace mucho daño: el acoso en los lugares de trabajo. Es por eso que, en este centenario, culminar con la aprobación del Convenio 190 que es uno de los principales retos del movimiento sindical en todo el mundo”, expresó Altagracia Jimenez, titular de la CONATE de República Dominicana, dirigente de la CLATE y delegada adjunta de la Comisión que trató este importante Convenio.Activa participación de Francisca Jimenez, de la CONATE y la CLATE.
“Por primera vez la OIT ha definido un estándar jurídico de aplicación normativa internacional que nos proporciona herramientas para combatir el flagelo mundial del acoso y la violencia en el mundo del trabajo. Y esto servirá para quienes creemos que es posible construir un futuro del trabajo enfocado en las personas”, enfatizó Fabiana Sosa, abogada laboralista de la Argentina, representante de AAL y ALAL en dicha Conferencia.
El Convenio 190
El Preámbulo del nuevo Convenio a tratar el próximo viernes reconoce el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. Y aclara que estos comportamientos inaceptables pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, son una amenaza para la igualdad de oportunidades y son incompatibles con el trabajo decente”.
La violencia y el acoso constituyen riesgos psicosociales que deben ser evaluados, y pueden darse en todos los sectores de la actividad económica, de la cual forman parte la economía formal y la informal, el ámbito público y el privado. “Aquí quedarán comprometidos varios actores a esta tarea, involucrándose a las organizaciones de trabajadores/as y las organizaciones de empleadores, así como la necesidad del Estado de tomar medidas para adoptar su legislación interna a la manda convencional internacional”, explica Sosa.
Además, el Convenio reconoce la necesidad de adoptar medidas por parte de los empleadores con relación al impacto que la violencia doméstica tiene en el ámbito del trabajo, así como la inclusión de terceros como partícipes de la violencia y el acoso laboral, ya sea como autores o víctimas de la misma.
“Erradicar la violencia y el acoso del mundo del trabajo requiere de nuestro compromiso, exige una nueva mirada, nos remite a revisar las formas de relacionarnos laboralmente, revisando aquéllas situaciones, grupos, sectores, que merecen una protección especial, y que pueden verse afectados por varios factores de discriminación: sexo, género, raza, clase, etnia, lugar de nacimiento, entre otros grupos conforme las normas internacionales del trabajo y los instrumentos internacionales de derechos humanos”, sintetizó la doctora Sosa.
Por su parte, Francisca Jimenez concluyó: “La violencia y el acoso en el mundo del trabajo afectan a la salud psicológica, física y sexual de las personas, su dignidad y su entorno familiar y social. Y también afectan la calidad de los servicios públicos y privados y puede impedir que las personas, en particular las mujeres, accedan al mercado de trabajo, permanezcan en él o progresen en su carrera profesional. Y es por eso que las mujeres sindicalistas de las Américas y del mundo hemos demandado la adopción de este importante Convenio internacional”.