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ANEF Los Lagos y Seremi del trabajo capacitan a funcionarios y dirigentes sobre la Ley Karin

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  • El objetivo es informar y explicar las consecuencias de la ley 21.643, que regula el maltrato y acoso laboral y sexual en las relaciones laborales de trabajadores públicos y privados.

El Consejo Regional de ANEF de Los Lagos ejecutó una capacitación en conjunto a la Seremi del Trabajo sobre la Ley Karin, que acaba de entrar en vigencia a partir del 1 de agosto. El objetivo es informar y explicar las consecuencias de la ley 21.643, que regula el maltrato y acoso laboral y sexual en las relaciones laborales de trabajadores públicos y privados.

Esta ley se ajusta a la reciente ratificación del Convenio 190 de la OIT, que busca erradicar la violencia y el acoso en los espacios laborales. También es parte de una batería de medidas que se han aprobado con perspectiva de género en materia laboral.

En el auditorio del edificio del Ministerio de Obras Públicas en la capital regional, se dieron cita la directiva de la Agrupación Regional de Los Lagos, encabezada por su presidenta Pamela Espinoza, junto al Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ricardo Ebner, acompañado de dirigentes y asociados a ANEF, unidades del gobierno central, mostrando su compromiso en la lucha contra estas prácticas injustas.

Pamela Espinoza, presidenta del Consejo Regional de la ANEF de Los Lagos, remarcó que “en la región de Los Lagos ya han recibido más de 20 casos de acoso y maltrato laboral y que se encuentran en sumarios abiertos donde las víctimas no han encontrado respuestas a sus denuncias”.

Espinoza agregó que “en su gran mayoría de los casos corresponden a mujeres y que muchos de ellos todavía no han tenido respuestas en los sumarios”.

Por su parte, Rossana Mora, vicepresidenta del Consejo Regional de la ANEF Los Lagos, comentó que “estas capacitaciones se realizarán en las diferentes provincias de Osorno, Chiloé y continuar con el trabajo en la provincia de Llanquihue en la región de Los Lagos”.

La dirección regional de la Confederación menciona que existen algunas observaciones que tiene la ley Karin, Como por ejemplo la facultad del fiscal de eximir al destituido del plazo de 5 años para volver a la administración pública, eso debe modificarse. Esta facultad que aún se mantiene de la autoridad para desestimar una denuncia sobre todo si es por acoso laboral.

Por otra parte, se puede restringir la sanción de destitución de ciertos empleados fiscales, entre otras. En ese mismo ámbito, el reglamento admite el acoso vertical ascendente. Si está bien en casos de acoso sexual, pero no debiera estar en casos de maltrato. Dejando en evidencia que la Ley no incluye el acoso vertical, pero si el reglamento.

La Agrupación de Empleados Fiscales de la región continuará con sus mecanismos para bajar la información a sus afiliados y unidades de trabajo de diferentes reparticiones del Estado. En ese ámbito, están desarrollando las estrategias para abordar un plan de trabajo que permita capacitar e informar la importancia de esta ley que busque el respeto y la dignidad de las personas en espacios laborales.

 

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